Adaptaciones de jornada por conciliación: derechos reforzados y protección frente al despido

29-05-2025

La conciliación laboral y personal ha pasado de ser una aspiración a convertirse en un derecho legal reforzado. Y gracias a la Ley Orgánica 1/2025, que entra en vigor este año, se ha corregido un vacío legal que había dejado desprotegidos a muchos trabajadores que solicitaban medidas de conciliación.

Con esta reforma, se recupera la protección frente al despido para las personas que solicitan adaptaciones de jornada o permisos para cuidado de hijos o familiares, como los reconocidos en los artículos 34.8 y 37 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué es una adaptación de jornada?

El artículo 34.8 ET permite a cualquier trabajador solicitar cambios en:

  • La duración de la jornada.
  • La distribución horaria.
  • El modo de prestación (presencial, teletrabajo, híbrido, etc.)

Estos cambios deben estar motivados por razones de conciliación familiar, como el cuidado de menores, personas dependientes o familiares con discapacidad.

La empresa está obligada a abrir un proceso de negociación de 15 días con el trabajador. Solo podrá denegar la solicitud si existe una causa justificada organizativa o productiva, que además debe ser documentada.

¿Qué dice ahora la reforma?

La LO 1/2025 corrige el error introducido en la Ley 2/2024, que había eliminado accidentalmente la protección reforzada frente al despido de quienes solicitaban medidas de conciliación. Desde ahora, el despido de una persona que haya solicitado una adaptación de jornada o permiso de conciliación podrá ser declarado nulo si no está motivado adecuadamente y se produce en un contexto de represalia o vulneración de derechos fundamentales.

Esto implica que el trabajador deberá ser readmitido, con abono de los salarios de tramitación.

La empresa no podrá alegar causas genéricas o falta de rendimiento sin justificar y documentar la relación con la solicitud de conciliación.

¿Cómo debe actuar la empresa?

En Fortuny Associats ayudamos a nuestros clientes a implementar buenas prácticas para cumplir con esta normativa y evitar conflictos judiciales. 

La conciliación no debe entenderse como un obstáculo organizativo, sino como una oportunidad para mejorar el clima laboral y fidelizar el talento. Y, con un buen asesoramiento, se puede compatibilizar con la eficiencia y las necesidades del negocio.