La Audiencia Nacional ha emitido una sentencia relevante en materia de derechos laborales, al declarar que el alta hospitalaria de un paciente no supone, en sí misma, el fin del permiso retribuido por hospitalización. Este fallo, que refuerza la protección de los derechos laborales en situaciones de hospitalización y cuidados familiares, es un avance en la interpretación del Estatuto de los Trabajadores (ET), específicamente en relación con los permisos por accidente o enfermedad grave de familiares.
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.3.b, establece el derecho de los trabajadores a disfrutar de un permiso retribuido en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este permiso, tras la última modificación del ET, se extiende a cinco días.
El objetivo de este permiso es permitir al trabajador ausentarse de su puesto para cuidar de un familiar en situaciones de vulnerabilidad, ya sea durante el período de hospitalización o cuando el alta médica vaya acompañada de una prescripción de reposo domiciliario.
La cuestión que resuelve esta sentencia se refiere a si el alta hospitalaria pone fin al permiso retribuido, tal y como defendían ciertas empresas, o si, por el contrario, el trabajador tiene derecho a disfrutar del período completo de cinco días en aquellos casos en los que el alta vaya acompañada de una indicación médica de reposo domiciliario.
Según el fallo de la Audiencia Nacional, si tras la hospitalización de un familiar se prescribe reposo domiciliario, el trabajador tiene derecho a disfrutar de los cinco días completos que contempla el ET, incluso si el alta hospitalaria se produce antes de que transcurra este plazo. Es decir, la alta médica no anula por sí sola el permiso retribuido.
Este pronunciamiento de la Audiencia Nacional surge tras una demanda de conflicto colectivo presentada por sindicatos del sector cárnico, quienes denunciaban que las empresas del convenio no concedían los cinco días completos del permiso cuando el familiar recibía el alta hospitalaria, limitando el permiso únicamente al período de hospitalización.
El convenio colectivo aplicable en esta industria establece un permiso de dos días para situaciones de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica, ampliable a cuatro días si el trabajador necesita desplazarse. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores prevé un plazo mayor, y los sindicatos alegaban que este debería aplicarse en su totalidad cuando, tras la hospitalización, se prescriba reposo domiciliario.
La Audiencia Nacional, para fundamentar su decisión, se basó en varias consideraciones clave:
A partir de este pronunciamiento, las empresas deben ajustar sus prácticas a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, reconociendo el derecho de los trabajadores a disfrutar del permiso retribuido completo, incluso si el familiar recibe el alta hospitalaria antes de que transcurran los cinco días, siempre y cuando exista una prescripción de reposo domiciliario.
Este fallo es una clara advertencia para las empresas que, hasta ahora, consideraban que el alta hospitalaria terminaba automáticamente el permiso retribuido. Las compañías deberán revisar sus políticas internas y adaptarlas a la normativa vigente para evitar posibles conflictos judiciales.
El trabajador que necesite acogerse a este permiso retribuido deberá comunicarlo a su empresa lo antes posible, aportando la documentación necesaria que acredite la hospitalización del familiar y, en su caso, la prescripción médica de reposo domiciliario. Este permiso se concede independientemente del tiempo de antigüedad del trabajador en la empresa y, dado su carácter retribuido, durante su disfrute el empleado mantiene todos sus derechos salariales.